Violencia
Violencia contra pueblos originarios: Guapoy, Paraguay
Vienen creciendo en la región la violencia a comunidades originarias. Es importante que las conozcamos así como las medidas que organismos nacionales e internacionales toman frente a ello.
Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió la Resolución 50/2022) el 2 de octubre de 2022, a través del cual otorgó medidas cautelares a favor de miembros de la comunidad Guapoy del Pueblo Indígena Guaraní Kaiowá en relación con Brasil, tras identificar que se encuentran en una situación de riesgo severo y urgente de daño irreparable de sus derechos.
La parte solicitante informó que la Comunidad Guapoy del Pueblo Indígena Guaraní Kaiowá, ubicada en el municipio de Amambai, estado de Mato Grosso do Sul, se encontraría en situación de riesgo tras ser objeto de actos de violencia en un contexto de disputas por la propiedad de la tierra en la región. También informó que entre el 14 de julio y el 13 de septiembre de 2022, dos beneficiarios propuestos indígenas fueron asesinados.
A su vez, el Estado detalló las medidas que estaban implementando los distintos organismos gubernamentales (Policía Militar, Civil y Federal, Ministerio Público, Defensoría Pública de la Unión y Fuerza Nacional de Seguridad Pública) para la protección y asistencia a los pueblos indígenas propuestos beneficiarios. De igual forma, se informó que los hechos estarían siendo investigados por la Policía Federal y con el seguimiento de la Fiscalía Federal y la FUNAI.
La Comisión evaluó las acciones realizadas por el Estado y observó que, si bien tales medidas fueron adoptadas, los peticionarios reportaron la ocurrencia de nuevos hechos que, alegados y tomados en conjunto, permiten identificar la existencia de hechos violentos que han ido aumentando con el tiempo, impactando la vida e integridad de los miembros de la comunidad beneficiaria propuesta. Del mismo modo, incluso después de la decisión judicial del 4 de julio de 2022, dos indígenas fueron asesinados en un corto período de tiempo, y uno de ellos fue precedido por ataques armados.
De conformidad con el artículo 25 de su Reglamento, la CIDH decidió otorgar la medida cautelar y solicitó al Estado de Brasil que:
- adopte las medidas necesarias y culturalmente apropiadas para proteger los derechos a la vida e integridad personal de los miembros de la comunidad del Pueblo Indígena Guaraní Kaiowá de Guapoy. Asimismo, el Estado velará por que se respeten los derechos de los beneficiarios de conformidad con los estándares establecidos por el derecho internacional de los derechos humanos, así como en relación con actos de riesgo atribuibles a terceros
- acordar las medidas que deben adoptarse con los beneficiarios y/o sus representantes;
- informar sobre las acciones implementadas para conocer los hechos que motivaron la adopción de esta medida cautelar y, así, evitar su repetición.
El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen un prejuzgamiento a una petición que eventualmente pueda ser interpuesta ante el Sistema Interamericano sobre una posible violación de los derechos protegidos en los instrumentos aplicables.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
Fuente: Prensa del CIDH


