Principios bioéticos en salud pública
Principios bioéticos en salud pública: limitaciones y propuestas
Fermin Roland Schramm
Miguel Kottow
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Resumen:
Este artículo intenta caracterizar la especificidad de los problemas morales en salud pública y analizar la aplicabilidad del modelo principialista como padrón para dirimir sus conflictos. Aunque considerado pertinente para la bioét ica clínica, este modelo no es aplicable es médico – paciente. Se analiza la pertinencia de los principios de “solidaridad”, de “responsabilidad óntica” según Jonas, y de “responsabilidad diacónica” según Lévinas, destacando la inaplicabilidad del primero y la posible adaptación de los otros dos a la salud pública. A ese respecto se discute la posibilidad de vincular la preocupación ontológica de Jonas y la trascendental de Lévinas, proponiendo un principio de protección que sería más adecuado a los propósitos de una ética de la salud pública, permitiendo identificar claramente los objetivos y los actores implicados en una implementación de políticas públicas moralmente correctas y pragmáticamente efectivas.
Introducción
La especificidad de los problemas morales que se presentan en salud pública plantea la siguiente pregunta: ¿acaso la bioética ha desarrollado las herramientas adecuadas para enfrentar los principales dilemas morales que se dan en programas y prácticas de salud colectiva?
Allí donde estos dilemas han sido abordados, la mayoría de los autores suelen adaptar los instrumentos conceptuales de la bioética clínica, en analogía a los modelos aplicados a la relación médico/paciente, estrategia que ha sido criticada en diversas publicaciones (Lachmann, 1998; Skrabanek, 1990). Se tiende a adaptar al contexto colectivo el modelo de los cuatro principios de “no – maleficencia”, “beneficencia”, “autonomía” y “justicia” (Beauchamp & Childress, 1994). Este modelo ha sido ampliamente discutido y criticado (Clouser & Gert, 1990; Evans, 2000; Gillon, 1996; Jonsen & Toulmin, 1988; Kuczewski, 1998), y esto, sin embargo, no nos permite avanzar en el tema que aquí nos preocupa. De hecho, todas las disquisiciones han ignorado el ámbito de la moral en salud pública y sus aspectos particulares, aun cuando se ha considerado algún problema específico como la ética de la prevención de infección por VIH, algún programa de detección y tratamiento de predisposiciones, o el “derecho a salud”. Ello ha ocurrido en forma genérica, sin atender a los fundamentos y métodos capaces de analizar y validar los dilemas y las propuestas específicas al ámbito de la salud pública.
El presente artículo explora una posible ética en salud pública que sea más atinente a los conflictos morales que surgen en este campo. En la primera parte se presentan las inadecuaciones del principialismo para el ámbito de la salud pública. La segunda parte aborda tres propuestas alternativas y aparentemente más adecuadas: la propuesta de una ética de solidaridad revitalizada por Callahan (1998), así como dos versiones de ética de la responsabilidad: la ética de la responsabilidad óntica de Jonas (1979) y la ética de responsabilidad diacónica de Lévinas (1974).
Después de mostrar las insuficiencias de la primera, se propone utilizar elementos comunes de ambas formas de ética de responsabilidad presentadas, sugiriendo una nueva versión de ética de responsabilidad elaborada como un principio de protección, que no había sido contemplado como tal por el pensamiento bioético tradicional. El principio de protección será aquí propuesto como el más adecuado para enfrentar los problemas morales relacionados con la salud pública, capaz de generar acuerdos entre salubristas y eticistas cuando enfrentan conflictos que no pueden dirimirse con recurso al modelo principialista.
Disponible en: http://www.scielo.br ISSN 0102-311X


