info@redbioetica.com.ar | domingo 19 de octubre de 2025
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Bioética y sociedad

ONU: Draft General Comment on Science

Proyecto de comentario general sobre ciencia de la ONU

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas (ONU) preparó  un borrador de comentario general sobre el contenido del Art. 15 del Pacto sobre el que solicitó aportes de una amplia gama de partes interesadas, incluidos los Estados partes. Se convocó a: mecanismos de derechos humanos regionales y de las Naciones Unidas (ONU), organizaciones o agencias especializadas de las Naciones Unidas, instituciones nacionales de derechos humanos,  organizaciones no gubernamentales (ONG), instituciones de investigación y académicos en general. La Red Latinoamericana y del Caribe de Bioética UNESCO (Redbioética UNESCO) respondió a la convocatoria por considerarla fundamental para poder pensar el lugar de la ciencia y la tecnología en un mundo justo, igualitario y solidario.

Los hacemos partícipes del documento que envió la Red gracias al equipo de la Coordinación de Ciencia y Técnica: Ignacio Maglio, Claude Vergès y Roque Junges y a Víctor Penchazsadeh, Eleonora Lamm, y Susana Vidal que colaboraron con ellos.

Abajo encontrarán un link donde poder consultar todos los otros aportes al primer borrador del comentario general al Art. 15.

 Allí también se encuentra la nueva convocatoria que vence el 14-2-2020 para trabajar sobre un nuevo borrador al que también responderá la Red.

APORTE DE LA REDBIOETICA UNESCO AL COMITÉ DESC PARA EL BORRADOR DEL COMENTARIO GENERAL SOBRE EL ART.15: 15.1.B, 15.2, 15.3 Y 15.4 I.

La Red Latinoamericana y del Caribe de Bioética de UNESCO celebra esta primer versión del Comentario General de Comité sobre el derecho a la ciencia y expresa su agradecimiento por haber considerado e incluido los aportes oportunamente enviado al Comité, destacando especialmente que se haya incluido a la Declaración sobre Bioética y DDHH de UNESCO, como un instrumento significativo para el desarrollo de la ciencia en consonancia con la promoción de los DESC.

II. Comentarios Particulares: 8. Se sugiere agregar al final del párrafo lo destacado en negrita: “…Debe priorizarse la ciencia al servicio del progreso, el disfrute universal de los derechos humanos y el desarrollo humano, como así también a las generaciones venideras, a todas las formas de vida y al ambiente.”

11. Se sugiere incorporar en este párrafo el derecho a disfrutar de los beneficios del progreso científico de las generaciones venideras, de todas las formas de vida y del ambiente.

28. Se sugiere agregar lo destacado en negrita: “…afectar a los derechos humanos, al bienestar general de la sociedad, o a otras formas de vida o al ambiente.”

40. Se sugiere incorporar al final del párrafo: “Los Estados deberán garantizar el uso de lenguaje inclusivo y de respeto por identidades de género autopercibidas en todas las investigaciones, en sus evaluaciones, resultados finales y publicaciones”.

56. Se sugiere incluir dentro de la obligación fundamental de los Estados Partes de garantizar los niveles mínimos esenciales de los derechos relacionados con la ciencia los siguientes dos párrafos:

“Garantizar la atención integral de víctimas de epidemias, pandemias, desastres naturales, guerras, entre otros acontecimientos imprevistos o inevitables que causen elevados niveles de sufrimiento, pudiendo limitar derechos exclusivos de propiedad intelectual o cualquier tipo de ejercicio abusivo relacionado con los conocimientos científicos y sus aplicaciones”. “Garantizar el acceso a los beneficios de la ciencia en el derecho a la salud de individuos y comunidades, en particular las obligaciones de cumplimiento inmediato sobre prevención y atención de la salud, pudiendo limitar derechos exclusivos de propiedad intelectual o cualquier tipo de ejercicio abusivo relacionado con los conocimientos científicos o sus distintas formas de obtención a través de la investigación biomédica”

82. Se sugiere reemplazar la expresión “cambio climático” por “crisis climática”. 86. Se sugiere incluir al final del apartado: “Los Estados Partes tienen que promover y sostener la creación y trabajo continuo de Comisiones Nacionales de Bioética como un elemento central en el desarrollo y la promoción del derecho humano a la ciencia.

Fuente: Office of the High Commissioner for Human Rights (ONU)

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