info@redbioetica.com.ar | viernes 03 de octubre de 2025
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Bioética Clínica

CNBES sobre DD.HH. y pandemia

PRONUNCIAMIENTO DE LA CNBES SOBRE DERECHOS HUMANOS Y ATENCIÓN DE LA PANDEMIA COVID-19 EN EL SALVADOR

La Comisión Nacional de Bioética de El Salvador (CNBES), es un organismo público, colegiado, plural, interdisciplinario e independiente, de carácter consultivo, creado por acuerdo del Ministerio de Salud, en cumplimiento a la Declaración Universal Sobre Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO.
Ante la declaratoria de emergencia por COVID-19 y la importancia de garantizar los Derechos Humanos en la atención a la pandemia, la CNBES hace del conocimiento público las siguientes consideraciones bioéticas que las actuaciones estatales deben tener en cuenta:

1. Evidencia científica en el tratamiento y manejo de pacientes: el Estado, debe garantizar la preservación y el cuidado de la salud de la población a través del Ministerio de Salud, el cual aborda dicha responsabilidad acorde con la medicina basada en la ciencia. El manejo de la pandemia por COVID-19, una enfermedad nueva, desconocida por todo el mundo científico, ha exigido un trabajo paralelo muy activo entre la investigación y el cuido, para generar poco a poco el conocimiento de utilidad clínica.

Las propuestas de nuevos de medicamentos y terapéuticas deben ser instauradas y guiadas por el principio de “Precaución”, debiendo realizar una evaluación objetiva y técnica constantemente, con el objetivo de proteger a la población de eventos adversos indeseados y hacer un uso racional de los escasos recursos existentes. Igualmente promover la investigación con rigor científico y ético para aportar evidencia científica en estos momentos necesarios.

La diseminación de falsas noticias, y recetas mágicas, que solo han generado preocupación, confusión y hasta eventos adversos innecesarios deben ser vigilados y sancionados. Igualmente se debe velar porque en los medios de comunicación se promueva la responsabilidad sobre a la no diseminación de noticias de manejo medico no científicamente comprobado, y no internacionalmente aceptado que pueden también generar daño en la población y falsas expectativas.

El Estado debería crear un comité técnico médico científico y ético para transparentar el discernimiento del nuevo conocimiento y los usos adecuado de los escasos recursos, evitando el ensañamiento terapéutico, incluyendo los cuidados paliativos en el caso que sea indicado el manejo de los pacientes con COVID-19.

2. Atención diferenciada: el Estado debe garantizar en todas las medidas en el marco de la prevención y atención de COVID-19, acciones específicas para atender tanto los riesgos particulares que enfrentan niñas, niños, adolescentes, mujeres y adultas mayores. Es indispensables que las acciones se formulen desde una perspectiva de género, intergeneracional y de no discriminación contra las personas LGBTIQ, teniendo en cuenta que forman parte de la población históricamente más desfavorecida y excluidas socialmente.

3. Laicidad del estado: El respeto a la pluralidad de pensamientos y creencias debe ser en todo momento característica de una sociedad democrática y es responsabilidad del Estado garantizar que, en la prevención y atención, así como la aplicación de medidas y protocolos a implementar se dé prioridad a un enfoque científico que ponga al centro la garantía de la salud de la población, sobre todo de las más desfavorecida, respetando sus derechos fundamentales y evitando la invocación de criterios religiosos.

4. La vulnerabilidad socio ambiental: El COVID-19 y la emergencia climática provocada por las tormentas tropicales Amanda y Cristóbal, recuerdan la ineludible deuda que se tiene sobre una ley que garantice el acceso y cobertura de agua potable y gestione el ciclo hidrológico con enfoque de cuenca.
Al menos el 35 % de la población salvadoreña no cuenta con servicio de agua gestionado de manera segura, inclusive para el simple lavado de manos que requiere la prevención de la pandemia; por otra parte, la inadecuada gestión de cuenca, y el cambio climático combinado con la falta de planificación permiten que eventos naturales se cobren la vida de nuestros conciudadanos, mantenga albergadas a más de tres mil familias y sea responsable de múltiples daños materiales. Erradicar esta realidad es responsabilidad ineludible del Estado y no contar con una legislación que aborde estos temas y garantice la no privatización del vital líquido, es responsabilidad de todos los funcionarios públicos en los tres órganos de estado.

5. La transparencia y el acceso a la información pública: Son obligaciones de todo funcionario público de acuerdo con nuestra Constitución y legislación secundaria la transparencia y el acceso a la información pública, con el objetivo de prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción. Asimismo, es un derecho de la población, conocer la información que se derive de la gestión gubernamental y el manejo de los recursos públicos. La información pública en tiempos de crisis y pandemia “es esencial que el estado salvadoreño la proporcione debido a la amenaza que supone el coronavirus y su diseminación de la infección, para concientizar a la población sobre la importancia de la toma de medidas preventivas”.

Por las razones antes mencionadas la información relacionada a el combate a la pandemia por COVID-19 no pueden ser una excepción a tal mandato por razones de urgencia o pérdida de la vida, por el contrario todos los fondos deben utilizarse de la mejor manera posible y su información debe estar disponible a la población, sean estos para pago de honorarios de empleados o funcionarios públicos, la compra de medicamentos e insumos médicos, la construcción y remodelación de hospitales y cualquier otra acción en el marco de la pandemia; el Gobierno de El Salvador debe permitir la participación ciudadana, luchar contra la corrupción a través del fortalecimiento de las instituciones públicas y consolidar el Estado de Derecho de una nación democrática y soberana.

6. Educación y concientización a la población: el Estado salvadoreño ante la irresponsabilidad individual frente a las medidas para evitar la transmisión del virus, implementó una política de castigo social, recluyendo a las personas en centros de contención. Para el manejo de la irresponsabilidad individual, el estado salvadoreño debe sustituir sus políticas actuales por educación y concientización, que implica la idea central del trato humanizado. Cuando sea necesaria la reclusión, debe hacerse respetando el acceso a la salud, alimentación, aislamiento físico, intimidad y abrigo que son los elementos indispensables en el cumplimiento de los derechos básicos frente a la pandemia.

Finalmente, la CNBES pone a disposición de las autoridades estatales encargados del manejo de la pandemia, del Ministerio de Salud y otros involucrados, estas recomendaciones para ser tomadas en cuenta, como un insumo importante proveniente de la reflexión bioética en este tema delicado y complejo.

(CNBES) Comisión Nacional de Bioética de El Salvador (CNBES)

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